REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE CESIONES DE DERECHOS TELEVISIVOS, INDUMENTARIA DEPORTIVA Y PUBLICIDAD ESTÁTICA GLOBALIZADA

1. Solamente se aceptarán cesiones para Clubes, Jugadores y Cuerpo Técnico inscriptos en la Categoría «A», de la Liga Nacional de Básquetbol.

2. Estas cesiones pueden ser entregadas a la AdC por cualquier medio (correo o personalmente).

3. Para dar fecha de ingreso a la AdC las cesiones serán previamente analizadas por Tesorería para verificar el cumplimiento de los requisitos formales.

4. Serán requisitos inexorables y obligatorios los siguientes:

  • a. Firma de Presidente y Secretario de la Institución.
  • b. Sello de la Institución.
  • c. Firma de cesionario aceptando la cesión.
  • d. Certificación de las firmas del cedente y cesionario ante Escribano Público.

5. Controlados por Tesorería los requisitos del punto 4. Se colocará el sello de ingreso de la AdC, caso contrario se devolverá indefectiblemente.

6. Las cesiones ingresadas serán analizadas por Tesorería para verificar la existencia o no de saldos disponibles y adjuntará su dictamen en un memorando para la Mesa Directiva.

7. Las cesiones serán aprobadas o no en la primera reunión de Mesa Directiva teniendo en cuenta la opinión de Tesorería. Serán notificados fehacientemente el cedente y cesionario por carta documento.

8. Copia certificada del acta de Comisión Directiva del Club que aprueba efectuar la cesión de derechos